Laboral

Laboral: Estatuto Docente, Municipalizado, Contratación y término

Resumen del criterio jurisprudencial

a) Renuncia voluntaria. b) Falta de probidad, conducta inmoral, establecidas fehacientemente en un sumario. c) Incumplimiento grave de las obligaciones que impone su función, tales como la no concurrencia del docente a sus labores en forma reiterada, impuntualidades reiteradas del docente, incumplimiento de sus obligaciones docentes conforme a los planes y programas de estudio que debe impartir, abandono injustificado del aula de clases o delegación de su trabajo profesional en otras personas. d) Término del período por el cual fue efectuado el contrato. e) Por obtención de jubilación, pensión o renta vitalicia de un régimen previsional, en relación a las respectivas funciones docentes. f) Fallecimiento. g) Aplicación del inciso séptimo del artículo 70.(Del Estatuto Docente) h) Salud irrecuperable o incompatible con el desempeño de su función. i) Pérdida sobreviniente de algunos de los requisitos de incorporación a una dotación docente. j) Supresión de las horas que sirvan. l) Disposición del sostenedor, a proposición del director del establecimiento en el ejercicio de su facultad (tratándose de los docentes mal evaluados en virtud de lo dispuesto en el artículo 70 de la ley). Estas causales son aplicables tanto a aquellos docentes ingresados a la dotación docente en calidad de titulares, como a aquellos que han ingresado a la dotación docente como contratados, desempeñando labores docentes transitorias, experimentales, optativas, especiales o de reemplazo de titulares.

Estatuto DocenteMunicipalizadoContratación y término

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.