Resumen del criterio jurisprudencial
Reglamento del SEIA que regula el cambio de titularidad de proyectos o actividades sometidos a evaluación ambiental. Establece la obligación del titular de informar al Servicio sobre modificaciones de titularidad o representación, acompañando antecedentes con vigencia no superior a seis meses, y dispone que en proyectos acogidos al procedimiento del artículo 18 quáter el cambio solo podrá recaer en otra empresa de menor tamaño.