Resumen del criterio jurisprudencial
ASMAR y las demás entidades a las que resulte aplicable lo previsto en el artículo 75 de la ley N° 18.948, deberán otorgar las prestaciones médicas por accidentes en actos del servicio hasta que el funcionario sea dado de alta o declarado imposibilitado para reasumir sus funciones, aun cuando el contrato de trabajo haya finalizado por la llegada del plazo.