Civil

Artículo del Código Orgánico de Tribunales que regula la competencia en materias civiles.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Orgánico de Tribunales que regula la competencia en materias civiles. Establece que la justificación, regulación y repartimiento de la avería común se realizarán ante el tribunal que designe el Código de Comercio.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.