Resumen del criterio jurisprudencial
Si el empleador no paga las cotizaciones, los inspectores constituyen la deuda previsional y remiten a las instituciones de previsión, una vez que las multas se encuentren ejecutoriadas, de acuerdo con el procedimiento normal establecido para estos efectos. Por su parte, los que invocaren la exención previsional y no reunieren los requisitos de aplicabilidad, serán sancionados con una multa a beneficio fiscal de hasta 5 U.T.A. (Unidades Tributarias Anuales). Podrá aumentarse al duplo si incurriere en más de una infracción dentro del término de dos años.