Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley de Tránsito que faculta a las municipalidades para dictar normas específicas de tránsito en sus comunas, pudiendo coordinarse entre sí. Estas normas deben ser complementarias a las del Ministerio de Transportes, sin contradecirlas, y no pueden modificar infracciones, calificaciones ni penalidades establecidas en la ley.