Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Purén, respecto de copia de las actas del concejo municipal que indica, y copia del informe jurídico que señala. Lo anterior, por tratarse de información que no existe y que no obra en poder del órgano requerido, sin que este Consejo disponga de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria de aquella sostenida por la institución, en orden a que no cuenta con los documentos reclamados. En virtud de lo anterior, se remiten los antecedentes a la Contraloría General de la República, a fin de que dicha institución se pronuncie sobre las alegaciones efectuadas por la Municipalidad, respecto de la inexistencia de las actas de las sesiones N° 120 y 122 del concejo municipal.