Seguridad social

Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social sobre el seguro escolar de accident…

Resumen del criterio jurisprudencial

Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social sobre el seguro escolar de accidentes (Ley 16.744). Resuelve que las prestaciones médicas deben ser otorgadas por los Servicios de Salud, y solo procede el reembolso a otras entidades en casos de urgencia con riesgo vital o por cercanía y gravedad del accidente.

Seguro escolar accidentes automarginación urgencia vital

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.