Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional que regula las contiendas de competencia entre autoridades políticas o administrativas y tribunales de justicia. Establece que, una vez evacuados los trámites o vencido el plazo, el Tribunal procederá conforme al artículo 68 de la misma ley.