Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema acogió parcialmente el recurso de unificación de jurisprudencia deducido por una ex trabajadora en contra de sentencia que rechazó su pretensión de restitución de montos descontados por aporte al seguro de cesantía. Se declaró nula parcialmente la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago de diecinueve de abril de dos mil veintidós. La controversia se centró en la interpretación de los artículos 13 y 52 de la Ley N°19.728 respecto de la procedencia del descuento del aporte al seguro de cesantía cuando el despido es declarado injustificado. La Corte estimó que cuando existe despido injustificado, resulta improcedente efectuar tal descuento. Se ordenó dictar sentencia de reemplazo.