Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos resolvió que Italia violó el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos al ordenar el allanamiento de las instalaciones de la logia masónica Grande Oriente d'Italia y la incautación de documentos confidenciales, incluyendo datos personales de más de 6.000 miembros. La búsqueda fue ordenada por una comisión parlamentaria de investigación sobre infiltración de la mafia en logias masónicas, pero careció de control judicial previo que circunscribiera su alcance amplio e indeterminado. El Tribunal concluyó que la medida no fue conforme a derecho ni necesaria en una sociedad democrática, al no existir evidencia de participación de la asociación en la investigación y carecer de garantías suficientes de revisión independiente e imparcial.