Artículo del Código Sanitario chileno que faculta al Presidente de la República, previo…
Ley · Ministerio de Salud · 2025
Resumen
Artículo del Código Sanitario chileno que faculta al Presidente de la República, previo informe del Servicio Nacional de Salud, para otorgar al Director General facultades extraordinarias ante epidemias, aumento notable de enfermedades o emergencias que signifiquen grave riesgo para la salud o vida de los habitantes, con el fin de evitar la propagación del mal o enfrentar la emergencia.
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