Resumen
La acción de inaplicabilidad busca examinar la constitucionalidad de una norma legal cuya aplicación en un proceso judicial en curso pueda ser contraria a la Constitución, por lo que la inaplicabilidad es un mecanismo para impugnar la aplicación de leyes vigentes que se invoquen en un juicio y puedan ser aplicables; para declarar la admisibilidad de un requerimiento de inaplicabilidad, se deben cumplir ciertos requisitos: a) que exista una gestión pendiente ante un tribunal ordinario o especial; b) que la aplicación de la norma legal impugnada sea decisiva para resolver el asunto; c) que la impugnación esté fundada razonablemente; y d) que se cumplan los demás requisitos legales; en este caso, el artículo 116 del Código Tributario, que se impugna, ya fue declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional, lo que, según el artículo 94 de la Constitución, implica su derogación a partir de la fecha de la sentencia que lo declaró inconstitucional; por lo tanto, no se cumple el requisito de que la norma impugnada pueda ser decisiva en la resolución del asunto, y por lo tanto, el requerimiento de inaplicabilidad es inadmisible; adicionalmente, la Corte de Apelaciones invalidó la sentencia apelada y retrotrajo la causa, lo que implica que no existe una gestión pendiente en la cual se pueda aplicar el artículo 116 del Código Tributario impugnado.