No ha lugar al reclamo. en consecuencia:
i. se confirma la liquidación n° 162 de 21 de…
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2015
Resumen
No ha lugar al reclamo. en consecuencia:
i. se confirma la liquidación n° 162 de 21 de julio de 2014, del servicio de impuestos internos dirección regional santiago poniente, representado por vania uarac senn.
ii. se condena en costas a la reclamante por no haber tenido motivo plausible para litigar y haber sido totalmente vencida.
Normas citadas
Código Tributario
Ley N° 20.322
Ley sobre Impuesto a la Renta
Artículo 132 del Código Tributario
Código Orgánico de Tribunales
Resolución Exenta 160
Oficio N° 2973 de 1985
Oficio N° 832 de 2008
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