Seguridad social

La rebaja o exención de la tasa de cotización adicional diferenciada no opera en forma…

Resumen del criterio jurisprudencial

La rebaja o exención de la tasa de cotización adicional diferenciada no opera en forma automática, ya que debe formularse una solicitud en tal sentido, ante el respectivo organismo administrador, en este caso, el Instituto de Seguridad Laboral, acreditando el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 8° del antes citado D.S. N° 67

Financiamiento cotización adicional diferenciada procedimiento dN° 67 plazo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.