El monto a pagar a los asistentes de la educación que prestan servicios en los establec…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2010
Resumen
El monto a pagar a los asistentes de la educación que prestan servicios en los establecimientos educacionales particulares subvencionados por concepto de bono Ley Nº19.464, debe ser determinado en proporción a su jornada de trabajo, de acuerdo al procedimiento señalado en el cuerpo del presente oficio.
Normas citadas
Ley N° 19.464
D.F.L. N° 2
Ley N° 20.244
Ley N° 3.166
Decreto Ley N° 3.166
Código Civil
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