Resumen del criterio jurisprudencial
Los artículos 4 y 4 bis de la Ley N°17.322 exigen acreditar un perjuicio efectivo al afiliado, como la afectación de sus fondos en el sistema de capitalización individual.
Los artículos 4 y 4 bis de la Ley N°17.322 exigen acreditar un perjuicio efectivo al afiliado, como la afectación de sus fondos en el sistema de capitalización individual.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.