Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el deducido en contra del Servicio de Impuestos Internos teniéndose por entregada, aunque extemporáneamente, la información que obra en poder del órgano sobre la propiedad que se individualiza. Lo anterior, por cuanto explicó que la información entregada con ocasión de su respuesta y el SARC, es toda la que actualmente obra en sus registros sobre lo pedido, no constando en el procedimiento antecedentes suficientes que desvirtúen lo aclarado por el órgano.