Resumen del criterio jurisprudencial
Don Eulogio Díaz Ordenes solicitó la regularización de un derecho de aprovechamiento de aguas no inscrito sobre la vertiente El Molle, alegando uso ancestral como integrante del pueblo Colla. La Dirección General de Aguas y los tribunales inferiores rechazaron la solicitud por no acreditar el uso ininterrumpido, pacífico y sin clandestinidad por al menos cinco años antes de la vigencia del Código de Aguas de 1981. La Corte de Apelaciones de Copiapó confirmó la sentencia de primera instancia. El demandante interpuso recurso de casación en el fondo, denunciando infracción de normas del Código de Aguas, la Ley Indígena y el Convenio 169 de la OIT. La Corte Suprema rechazó el recurso, señalando que los hechos establecidos por los jueces del fondo son inamovibles al no haberse denunciado infracción a las normas reguladoras de la prueba. En consecuencia, no se configuraron los errores de derecho alegados, pues los supuestos fácticos para aplicar las normas invocadas no estaban acreditados.