El órgano de control concluyó que la Comisión Nacional de Energía actuó dentro de sus c…
Resumen del criterio jurisprudencial
El órgano de control concluyó que la Comisión Nacional de Energía actuó dentro de sus competencias al declarar inadmisibles las solicitudes, pues las obras ya estaban operativas cuando entró en vigor la ley que permite la revisión.
La Contraloría rechazó la reclamación de Chilquinta Transmisión por la inadmisibilidad de sus solicitudes de revisión del valor de inversión.La CNE actuó dentro de sus competencias al exigir que las obras de ampliación no estuvieran operativas para acogerse al mecanismo de revisión.La revisión del V.I. prevista en la ley N° 21.721 está orientada a obras inconclusas, no a aquellas ya terminadas y en operación.El dictamen confirma la legalidad de las resoluciones exentas N°s 99 y 100 de 2025 de la CNE.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.