Resumen del criterio jurisprudencial
Plaza Vespucio Spa dedujo reclamo en Procedimiento Especial de Reclamo de Avalúo de Bienes Raíces contra el reavalúo de seis roles de la comuna de La Florida, invocando la causal del artículo 149 inciso 2° N°2 del Código Tributario. El tribunal analizó el plazo para interponer el reclamo, considerando que la presentación de reposiciones administrativas voluntarias suspendió el cómputo. Determinó que el plazo comenzó el 9 de mayo de 2018, se suspendió el 19 de junio de 2018 por las reposiciones, y se reanudó el 6 de noviembre de 2018 al resolverse estas. Desde esa reanudación hasta la interposición del reclamo transcurrieron 153 días hábiles judiciales, superando el plazo de 180 días. El tribunal concluyó que el reclamo, presentado el 9 de marzo de 2019, era extemporáneo, ya que el plazo venció el 7 de mayo de 2019. En consecuencia, declaró inadmisible el reclamo por extemporaneidad.