Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema se pronuncia sobre un recurso de casación en la forma interpuesto por la demandada contra una resolución de la Corte de Apelaciones de La Serena que confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó el incidente de imputación al pago. El tribunal examina la procedencia del recurso conforme al artículo 781 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 67 N°6 letra a) de la Ley N°19.968. Concluye que la casación en la forma solo procede contra sentencias definitivas o interlocutorias de primera instancia que pongan término al juicio, no contra las dictadas en segunda instancia. Además, los principios de celeridad, concentración y desformalización del procedimiento de familia excluyen la aplicación de la nulidad formal en estos casos. Por lo tanto, el recurso se declara inadmisible. Los abogados integrantes Tavolari y Urquieta, en prevención, también consideran inadmisible el recurso por no configurarse las causales de ultra petita y falta de fundamentación.