Resumen del criterio jurisprudencial
Esval S.A. solicitó la regularización de un derecho de aprovechamiento de aguas para el 'Pozo N° 3' conforme al artículo 2° transitorio del Código de Aguas. El tribunal de primera instancia acogió la solicitud, pero la Corte de Apelaciones de Valparaíso revocó el fallo y la rechazó. Esval dedujo recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema. La Corte Suprema consideró que la sentencia recurrida incurrió en errores al exigir requisitos no establecidos en la ley, como que el solicitante hubiera estado usando personalmente las aguas al 29 de octubre de 1981 y que el plazo de cinco años de uso estuviera cumplido a esa fecha. El tribunal sostuvo que la regularización solo requiere el uso efectivo del agua, sin exigir uso personal del solicitante. Además, destacó que el derecho de aprovechamiento es un derecho real de dominio. En consecuencia, acogió el recurso y ordenó dictar sentencia de reemplazo que acceda a la regularización.