Resumen
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso declaró no ha lugar al reclamo cursado en contra de liquidaciones del servicio de impuestos internos, ya que conforme los hechos establecidos en el proceso no ha sido controvertida la existencia de las inversiones de autos, ni sus montos y fechas, estableciéndose además que contrariamente a lo alegado por la parte reclamante, éste no se encontraba acogido al régimen de renta presunta en el período liquidado, sino que declaraba y pagaba el impuesto a la renta según renta efectiva sobre la base de contabilidad completa; de manera tal que del examen del proceso aparece que en sede jurisdiccional la parte reclamante no ha aportado suficientes probanzas graves, precisas y concordantes, que conduzcan lógicamente a la verificación de la efectividad o verdad de los hechos que fundan sus alegaciones, por lo que el sentenciador estuvo impedido de acoger la reclamación de autos, resolviendo no ha lugar al reclamo y manteniendo a firme las actuaciones reclamadas. la i. corte de apelaciones de valparaíso, en causa rol ic tributario y aduanero, por sentencia de fecha 25 de octubre de 2016, confirma la sentencia de primera instancia.