Resumen del criterio jurisprudencial
La reclamante, Inversiones Bujorico Limitada, impugnó la Liquidación N°37 del Servicio de Impuestos Internos, Dirección de Grandes Contribuyentes, emitida el 21 de agosto de 2013 y notificada el 23 de agosto de 2013. Alegó como cuestión previa que la citación de 24 de abril de 2013 y la liquidación fueron practicadas y notificadas fuera de los plazos de nueve o doce meses del artículo 59 del Código Tributario, por lo que habría operado la caducidad. Sostuvo que entregó oportunamente todos los antecedentes requeridos, incluido el detalle de costo tributario y mayor o menor valor de la venta de 387.210.460 acciones de Ripley Corp S.A. Explicó que el precio de venta se fijó libremente en un acuerdo de intenciones de 6 de mayo de 2009 y en un contrato de promesa, y que no era necesario acompañar el acuerdo de intenciones porque los documentos que acreditaban la venta eran las escrituras de compraventa. El Tribunal rechazó íntegramente el reclamo y confirmó la Liquidación N°37 en todas sus partes. Además, dispuso que cada parte pagará sus propias costas.