Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo contra de la Municipalidad de Isla de Maipo, ordenándose la entrega de información relativa a reciclaje y recolección de basura en la comuna, incluyendo empresas, montos, servicios, residuos, destinos, puntos de reciclaje y programas asociados. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública conforme al artículo 8°, inciso segundo de la Constitución Política de la República y a los artículos 5°, inciso segundo y 10 de la Ley de Transparencia, que obra en poder del organismo reclamado; desestimándose a su vez, las alegaciones del órgano en cuanto a que lo requerido no corresponde a una solicitud amparada por la Ley de Transparencia, sino al derecho de petición, por no estar la información sistematizada en los términos requeridos.