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La Corte de Apelaciones de Talca resolvió acerca de la procedencia del requerimiento de…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Corte de Apelaciones de Talca resolvió acerca de la procedencia del requerimiento de extradición activa formulado por el Ministerio Público respecto del acusado Héctor Ariel Sergio Polanco Soto, quien se encuentra en la ciudad de Mendoza, Argentina. El delito materia de la solicitud es falsificación o uso malicioso de documento privado, previsto y sancionado en los artículos 197 y 198 del Código Penal, por el cual el Ministerio Público solicitó una pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo. El tribunal verificó que se cumplen los requisitos del artículo 431 del Código Procesal Penal: la pena privativa de libertad asignada al delito supera el mínimo de un año, y consta el país y lugar específico donde se encuentra el requerido. Además, se constató que la acción penal no se encuentra prescrita y que los hechos constituyen delitos comunes, sin connotación política. No existe Tratado de Extradición bilateral entre Chile y Argentina, pero ambos países son parte de la Convención de Extradición de Montevideo de 1933 y del Código de Derecho Internacional Privado de 1928 (Código de Bustamente), cuyos requisitos también se cumplen en la especie. La Corte resolvió acoger la solicitud de extradición y ordenar oficiar al Ministerio de Relaciones Exteriores para la prosecución del trámite.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.