Resumen del criterio jurisprudencial
El recurso de casación fue interpuesto por la Sociedad Inversiones La Tirana Limitada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta de 20 de julio de 2018, que había rechazado su reclamo basado en el artículo 137 del Código de Aguas. La parte recurrente alegó violaciones al artículo 2º transitorio del Código de Aguas, al artículo 7 del Decreto Ley N° 2.603 de 1979, y a los artículos 1699 y 1700 del Código Civil, así como a los artículos 342 y 346 del Código de Procedimiento Civil, por falta de valoración de documentos probatorios. La Corte Suprema analizó la admisibilidad del recurso en forma, concluyendo que, al tratarse de un proceso regido por ley especial, la causal invocada no era procedente. En cuanto al fondo, el tribunal consideró que las normas citadas no resultaban aplicables al caso concreto y que no se había demostrado la infracción alegada. En consecuencia, declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el de casación en el fondo, manteniendo la sentencia de la Corte de Apelaciones.