Resumen
Se rechazan los amparos deducidos en contra de la Subsecretaría de Salud Pública, referidos a la base de datos de las defunciones por suicidio desde el 1 de enero del 2000 hasta el 31 de diciembre del 2023 (o hasta la última fecha registrada) con los siguientes datos individualizados para cada muerte: sexo, fecha de nacimiento (día, mes, año), fecha muerte (día, mes, año), comuna de fallecimiento, código CIE-10 de causa de muerte y nivel educacional. Lo anterior, por cuanto dicho organismo cumplió con su obligación de informar, en conformidad con lo previsto en el artículo 15° de la Ley de Transparencia.