Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Chillán revisó la sentencia apelada dictada el 6 de mayo de 2025. Con fundamento en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, la Corte constató que la parte demandada tenía un motivo plausible para litigar. En consecuencia, revocó la parte de la sentencia que condenaba en costas a la demandante, eximiéndola de ellas. En lo demás, la Corte confirmó íntegramente la sentencia apelada. La resolución quedó registrada bajo el número civil y se ordenó su inscripción y devolución.