Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo deducido en contra del Servicio de Salud Arauco, relativo a la entrega de información sobre quien ha tenido acceso a atención y ficha clínica de la reclamante. Lo anterior, por cuanto el órgano explicó que la información entregada con ocasión de su respuesta constituye toda la información que obra en su poder sobre lo pedido, no constando este Consejo con antecedentes suficientes que desvirtúen lo aclarado por el órgano en orden a que no obra en su poder información adicional.