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Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Corporación Municipal para el Desarrollo…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Corporación Municipal para el Desarrollo Cultural de Temuco, ordenando la entrega de la información reclamada, correspondiente a una serie de antecedentes relacionados con el programa “Cultura en los Barrios”, correspondiente a los años 2020 a 2024. Lo anterior, por cuanto, se estima que no se encuentra satisfecho el estándar definido para la configuración de la circunstancia de hecho de inexistencia de la información reclamada en poder del órgano, que ha determinado la normativa que regula el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y que se ha reflejado en la jurisprudencia de este Consejo, al no haberse acompañado antecedentes que la acrediten. Con todo, en el evento de no obrar en poder del órgano los antecedentes solicitados, dicha circunstancia se deberá explicar y probar en forma pormenorizada en sede de cumplimiento, de acuerdo con el punto 2.3, de la instrucción general N°10. Se representa al organismo la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia, como al principio de oportunidad consagrado en el artículo 11, letra h), del mencionado cuerpo legal, al no haber dado respuesta a la solicitud dentro del plazo legal.

amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.