FamiliaAcoge

Se trata de una solicitud de divorcio de común acuerdo presentada por ambos cónyuges, q…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se trata de una solicitud de divorcio de común acuerdo presentada por ambos cónyuges, quienes contrajeron matrimonio en 1998 y tuvieron dos hijos mayores de edad. Alegaron que cesó la convivencia en mayo de 2022, sin reanudación posterior. Acompañaron certificados de matrimonio y nacimiento, acta de cese de convivencia, acuerdo completo y suficiente, y declaraciones de testigos. El tribunal consideró que se acreditó el cese de convivencia por más de un año, conforme al artículo 55 de la Ley N°19.947. Además, el acuerdo presentado regulaba todas las materias personales y patrimoniales de manera completa y suficiente. Por ello, acogió la solicitud de divorcio y aprobó el acuerdo. No se condenó en costas por tratarse de una solicitud de común acuerdo.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.