Resumen del criterio jurisprudencial
El TS establece que el uso de esta expresión con connotación peyorativa contra una persona homosexual no puede ampararse bajo el derecho a la libertad de expresión, considerándola una manifestación de homofobia.
El TS establece que el uso de esta expresión con connotación peyorativa contra una persona homosexual no puede ampararse bajo el derecho a la libertad de expresión, considerándola una manifestación de homofobia.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.