Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley 14.908 que regula el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Establece como condición para ingresar, ser nombrado, promovido o ascender en organismos públicos, y para asumir cargos de elección popular, la autorización de retención de remuneraciones para el pago de pensiones adeudadas, con recargos del 10% o 20%. Prohíbe ser candidato a ciertos cargos a quienes tengan inscripción vigente en el registro.