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El Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres consideró como accidente de trabajo la caíd…

Noticia · Juzgado del Trabajo · 2022

Resumen

El Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres consideró como accidente de trabajo la caída que sufrió una empleada en su domicilio mientras teletrabajaba el 8 de marzo de 2022. La trabajadora se dirigía al baño durante su jornada laboral y al salir tropezó en el pasillo, sufriendo un traumatismo en el codo y costado derecho. La mutua alegaba que al no ocurrir el accidente estando sentada ante el ordenador, no constituía un "lugar de trabajo" y por tanto no estaba protegida. El juez rechazó este argumento, considerando que no existía una clara interrupción del nexo causal entre la actividad laboral y el accidente. La sentencia establece que los accidentes ocurridos durante la jornada laboral en el domicilio deben protegerse de igual forma que en espacios de trabajo tradicionales, evitando la desprotección de teletrabajadores.

Normas citadas

  • Normativa de accidentes de trabajo
  • Normativa de protección laboral en teletrabajo
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