Administrativo

Ley orgánica constitucional de municipalidades.

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley orgánica constitucional de municipalidades. Establece la organización interna mínima de las municipalidades, señalando unidades obligatorias como Secretaría Municipal, Planificación, Desarrollo Comunitario, Administración y Finanzas, y Control. Faculta al alcalde para crear cargos directivos no contemplados en la planta y dispone requisitos de grado y confianza.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.