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El Instituto Nacional de Derechos Humanos podrá activar el mecanismo del artículo 186 d…

Noticia · 2026

Resumen

El Instituto Nacional de Derechos Humanos podrá activar el mecanismo del artículo 186 del Código Procesal Penal en la causa que indaga torturas a dos personas en Puchuncaví durante el estallido social. La decisión, adoptada con un voto de minoría, declaró inaplicable la frase que limitaba esa facultad solo al imputado.

El Tribunal Constitucional acogió la inaplicabilidad del artículo 186 del Código Procesal Penal en la causa por tortura en Puchuncaví, permitiendo que el querellante INDH acceda al control judicial de la investigación.La decisión se funda en que la aplicación restrictiva —que solo reconoce tal facultad al imputado— vulnera el debido proceso y el deber reforzado de investigar delitos cometidos por agentes estatales.No se impone al Ministerio Público la obligación de formalizar; solo se habilita al juez de garantía a conocer los antecedentes y, eventualmente, fijar un plazo para hacerlo.El Pleno rechazó por unanimidad la impugnación al artículo 230, que otorga al fiscal la discrecionalidad para decidir la oportunidad de la formalización, por considerarla coherente con la Constitución.

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.