Resumen del criterio jurisprudencial
El caso trata de un recurso de protección interpuesto por María Agustina Ríos contra Isapre Colmena Golden Cross S.A. por considerar que su plan de salud discriminaba las prestaciones de salud mental respecto de las físicas. La recurrente invocó la Ley N° 21.331, que establece igualdad de trato entre salud mental y física. La Isapre argumentó que no existía un hecho concreto y que la ley no se aplicaba retroactivamente a planes antiguos. La Corte acogió el recurso, ordenando a la Isapre adecuar el plan para equiparar la cobertura. Sostuvo que la ley prohíbe la discriminación y que esta obligación rige independientemente de la fecha de suscripción del contrato. Se consideró vulnerado el derecho de propiedad y la igualdad ante la ley.