Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Procesal Penal chileno que regula el acceso a los registros de actuaciones judiciales. Establece que los intervinientes siempre pueden consultarlos, los terceros solo si son actuaciones públicas, y que se vuelven públicos tras cinco años. También permite expedir copias y certificar la existencia de recursos contra la sentencia definitiva.