Administrativo

Servicios Locales de Educación Pública son organismos adscritos al sistema de alta dire…

Resumen del criterio jurisprudencial

Servicios Locales de Educación Pública son organismos adscritos al sistema de alta dirección pública, por lo que sus directores ejecutivos tienen derecho a la indemnización del artículo quincuagésimo octavo de la ley N° 19.882, en tanto cumplan con los requisitos que fija esa norma.

ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.