Civil

Artículo del Código Civil chileno que regula las deudas contraídas en beneficio de la c…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno que regula las deudas contraídas en beneficio de la comunidad en el cuasicontrato de comunidad. Establece que el comunero que contrajo la deuda es el único obligado, con derecho a reembolso contra la comunidad, salvo que la deuda sea colectiva, caso en que todos responden por partes iguales sin solidaridad.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.