La sociedad RIYADI S.A. interpuso reclamo tributario en contra de nueve giros de impues…
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2021
Resumen
La sociedad RIYADI S.A. interpuso reclamo tributario en contra de nueve giros de impuestos emitidos por el SII el 15 de noviembre de 2017, correspondientes a IVA de los meses de enero, abril, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2012, y a Impuesto a la Renta de Primera Categoría del año tributario 2013. El SII había emitido previamente liquidaciones en julio de 2015 tras la falta de respuesta de la sociedad a requerimientos y citaciones. La reclamante no reclamó oportunamente las liquidaciones, pero presentó un Recurso de Revisión de la Actuación Fiscalizadora (RAF) en agosto de 2015, que fue resuelto por la Resolución Exenta N° 48 de 2018. En el reclamo, la sociedad alegó que la actividad de explotación de gimnasios no está afecta a IVA y que los giros se encontraban prescritos. El tribunal acogió parcialmente el reclamo, declarando prescrito solo el giro folio N° 1616851 (IVA enero 2012) y confirmando los demás giros. No se condenó en costas al SII por haber tenido motivo plausible para litigar.
Normas citadas
Art. 200 del Código Tributario
Art. 201 del Código Tributario
Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (DL 825)
Ley sobre Impuesto a la Renta (DL 824)
prescripcióngiro de impuestosIVAimpuesto a la rentareclamo tributarioactividad de gimnasiosrecurso de revisión
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