PenalRechaza

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa del acusado,…

Sentencia · Corte Suprema · 2026

Resumen

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa del acusado, quien fue condenado por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago a tres años de presidio menor en su grado medio como autor del delito de hurto de cosas que forman parte de redes de suministro de servicios públicos, en perjuicio de la Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE). El recurso se fundó en dos causales: la primera, por infracción al debido proceso debido a que la prueba de cargo (grabaciones de video y control de identidad) habría sido obtenida ilegalmente; la segunda, por falta de fundamentación de la sentencia en cuanto a la fecha del delito, la interrupción del servicio y la identificación del acusado. La mayoría de la sala consideró que la prueba fue lícita y que la sentencia se encontraba debidamente motivada, por lo que desestimó el recurso. Un ministro disidente opinó que la identificación del acusado fue subjetiva y que la evidencia no lograba vincularlo directamente con el ilícito, por lo que debía acogerse la nulidad.

Normas citadas

  • Código Procesal Penal
  • Código Penal
  • Artículo 447 bis del Código Penal
  • Artículo 85 del Código Procesal Penal
hurtoredes de suministroservicios públicosdebido procesoprueba ilícitacontrol de identidadrecurso de nulidadsentencia condenatoria

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.