El Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) emite un boletín informativo sobre la obliga…
Sentencia · 2023
Resumen
El Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) emite un boletín informativo sobre la obligatoriedad de la confidencialidad en las comunicaciones entre profesionales de la abogacía, a raíz de la sentencia nº de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El documento aclara que cualquier comunicación entre abogados está amparada por el secreto profesional conforme al artículo 23 del Estatuto General de la Abogacía y artículo 5.3 del Código Deontológico, no pudiendo ser aportada a tribunales ni facilitada a clientes sin autorización expresa. Se establece que esta prohibición es aplicable independientemente de la modalidad de ejercicio profesional. El boletín diferencia entre la validez procesal de tales comunicaciones y las consecuencias disciplinarias derivadas de su incumplimiento. Se detallan las excepciones a la confidencialidad, incluyendo autorización del profesional contrario, autorización por causa grave de la Junta de Gobierno, comunicaciones con mandato representativo del cliente, y comunicaciones expresamente excluidas de confidencialidad.
Normas citadas
Artículo 23 del Estatuto General de la Abogacía (EGAE)
Artículo 5.3 del Código Deontológico
Artículo 22.2 del Estatuto General de la Abogacía (EGAE)
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.