Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Calificador de Elecciones declaró inadmisible la reclamación interpuesta por doña Ángela Guerra Araya, candidata a Alcaldesa por la comuna de Andacollo, contra la Resolución N°G3063 de 28 de abril de 2025 del Director del Servicio Electoral. La reclamante adjuntó únicamente un informe médico y una licencia médica que daba cuenta de un accidente cerebrovascular (ACV) como fuerza mayor, pero no presentó un escrito de reclamación con peticiones concretas ni otro antecedente que constituyera una reclamación formal. Conforme al numeral 9 del Auto Acordado de 13 de mayo de 2021, el tribunal puede declarar inadmisibilidad si la presentación carece de peticiones concretas, documentación exigida por ley o fundamentos plausibles. Dado que no se acompañó un escrito de reclamación ni se formularon peticiones concretas, la presentación no cumplió con los requisitos mínimos para ser considerada una reclamación válida. En consecuencia, el tribunal resolvió inadmitir la reclamación y ordenó su registro, notificación y devolución.