Civil

Artículo del Código Civil chileno que regula la curaduría de bienes.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno que regula la curaduría de bienes. Establece que la persona designada en el testamento del padre para la tutela del hijo se presume designada también para la curaduría de sus derechos eventuales si el padre fallece antes del nacimiento. Esta disposición no aplica cuando la madre ejerce la patria potestad.

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.