Resumen
La Corte de Apelaciones de Copiapó conoció de un recurso de apelación contra la resolución de 12 de agosto de 2026 que no hizo lugar a la objeción del alimentante respecto de la liquidación de alimentos practicada el 27 de julio de 2026. El conflicto originario versa sobre el cumplimiento de obligaciones alimenticias reguladas en las causas M- y M-1299-2018 a favor del hijo común, con pactos de cuotas en dinero y especies convertibles a UTM. Tras diversos incidentes, esta Corte había declarado la mutación de forma de pago y ordenado imputar depósitos en cuenta personal de la madre, así como convertir a UTM la entrega de leche. El tribunal de origen practicó liquidaciones que omitieron tales directrices, utilizando base de cálculo errónea y dejando fuera pagos y conversiones. La Corte constató omisiones que afectaron el derecho de defensa de los litigantes y, en uso de sus facultades, anuló de oficio la resolución impugnada. Se repondrá la causa para que se confiera traslado y se emita pronunciamiento fundado sobre todas las alegaciones, omitiéndose resolver el recurso de apelación por haberse anulado de oficio.