Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de San Miguel rechaza el recurso de protección interpuesto por una trabajadora social que se desempeñaba como directora de la Dirección de Desarrollo Social Comunitario de Paine. La recurrente fue notificada de su renuncia no voluntaria mediante decreto y cuestionó el rechazo de la municipalidad a pagar la indemnización del artículo 148 de la Ley 18.834. La municipalidad argumentó que la normativa de Alta Dirección Pública (Ley 19.882) no es aplicable a municipalidades. La Corte resolvió que el acto cuestionado no es arbitrario ni ilegal al encontrar sustento en la legislación vigente, por lo que rechaza la acción.