Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, teniéndose por entregada la información solicitada correspondiente a “Solicito información respecto de todos los concursos de personal a contrata publicados por JUNAEB durante el año 2025, excluyendo procesos por reemplazo u honorarios. Se requiere la siguiente información para cada uno de los concursos: Nombre del cargo, unidad y dependencia a la que pertenece. Calendario publicado en empleos públicos. Resolución Exenta que aprueba las bases o convoca el proceso. Cantidad total de postulantes. Cantidad de postulantes admisibles. Cantidad de postulantes que avanzaron a la etapa de entrevistas. Listado de puntajes, desglosado por etapas: Etapa 2 (Evaluación de Formación y Experiencia): Puntaje por cursos y perfeccionamiento. Puntaje por experiencia profesional acreditada, según lo estipulado en las bases. Etapa 3 (Entrevista personal): Puntaje obtenido por cada postulante. Puntaje final consolidado de los postulantes entrevistados. Resultado final del proceso: Indicar si hubo o no persona seleccionada. En caso afirmativo, se solicita copia de los antecedentes utilizados en su postulación: currículum vitae, certificados de cursos y certificados de experiencia profesional. Solicito que los antecedentes se identifiquen con nombre y apellido de los postulantes, o en su defecto, con número de postulación en caso de que la identificación nominal no sea posible. Indicar si alguno de los concursos fue declarado desierto o dejado sin efecto, y acompañar la resolución respectiva en cada caso. Solicito que toda la información sea entregada en formato digital (PDF o Excel) y remitida al correo electrónico indicado en esta solicitud”, aunque de forma extemporánea. Lo anterior, por cuanto la respuesta proporcionada por el organismo reclamado reviste el mérito suficiente para satisfacer el requerimiento de información en los términos originalmente planteados, recayendo las alegaciones del reclamante en la entrega de información que no fue señalada en el requerimiento con la claridad que exige el artículo 12, letra b), de la Ley de Transparencia, y, por tanto, excediendo el tenor de la misma.